martes, 15 de diciembre de 2015

Automoviles para personas con discapacidad


¿Dónde debe tramitarse el símbolo?
Si el usuario vive a menos de 50 Km. de distancia del Servicio Nacional de Rehabilitación, el trámite deberá realizarlo personalmente el beneficiario. Caso contrario, la documentación requerida podrá ser enviada a este organismo mediante correo postal al departamento de automotores.
¿Qué pasos deben seguirse para su obtención?
Si el usuario debiera concurrir personalmente tendrá que:
1. presentar original y fotocopia o bien copia certificada ya sea por juez de paz, policía o escribano público del DNI con su domicilio actualizado
2. presentar su CUD vigente.
3. si el titular del trámite fuera menor de edad, los padres tendrán que acreditar el vinculo mediante partida de nacimiento o libreta de matrimonio.
4. Con el total de dicha documentación el solicitante deberá apersonarse por ante el departamento de automotores del S.N.R, solo estarán exceptuados de hacerlo los que fueren niños menores de 2 añitos de edad.
5. Una vez que se presenta toda la documentación necesaria, el personal le sacará una foto al solicitante y completará los datos que faltasen.
Si se ha cumplimentado con todo lo requerido por la autoridad, en ese mismo momento se aprueba el trámite y en el día se le otorgará el símbolo internacional de acceso. En tanto, si el beneficiario del símbolo viviera a mas de 50 Km. del S.N.R los pasos a seguir serán los siguientes:
A. Fotocopia certificada por juez de paz, escribano público o policía del DNI con domicilio actualizado del solicitante. De igual modo habrá que acompañar el CUD vigente. Asimismo deberá adjuntarse una foto color 4x4 actualizada de la persona con discapacidad, eximiéndose de tal requerimiento cuando se tratara de menores de dos años de edad. Finalmente habrá que adjuntar el formulario "formulario símbolo internacional de acceso" debidamente rubricado por el peticionante. Y si este fuere menor de edad los padres deberán acreditar el vínculo mediante la partida de nacimiento o libreta de matrimonio.
B. Toda esta documentación debe enviarse por vía postal al servicio nacional de rehabilitación específicamente dirigida al departamento de automotores.
C. este tipo de trámite, dura aproximadamente 18 días hábiles. Si se hubiera enviado correctamente toda la documental requerida, el tramite será aprobado y se procederá a remitir el símbolo al domicilio que la persona tenga declarado en su DNI. Ahora bien, si ya se es titular de este símbolo, ¿qué derechos le proporciona a su tenedor? concretamente el derecho al libre transito y libre estacionamiento en el que fuere conducida una persona con discapacidad. Estos derechos están regulados por la normativa local de cada jurisdicción provincial y/o municipal. Es dable señalar que desde 2010 por disposición Nº 3.464 se permite que el uso de dicho símbolo no esté limitado a un automotor en particular pudiendo ser utilizado en cualquiera en que fuera trasladada la persona usuaria con discapacidad.
Atento lo narrado debe saberse que existen 4 clases de símbolos que pueden tramitarse por ante este organismo.
A. Símbolo internacional de acceso, el que tendrá los datos y foto de la persona con discapacidad pudiendo utilizarse en cualquier vehiculo en el que sea trasladada aquella persona.
B. Símbolo identificatorio del automotor: es aquel que solo identifica al vehículo, y solo puede solicitarse si la persona con discapacidad fuera la titular del mismo, haya o no sido, adquirido mediante el régimen de franquicia.
C. Símbolo para vehiculo institucional: sirve para individualizar a un automotor para más de 8 pasajeros, adquirido o no bajo el régimen de franquicia, y fuera utilizado por una institución asistencial o gubernamental cuyo fin sea el traslado de personas con discapacidad.
D. Símbolo para el exterior del país: puede solicitarse cuando la persona con discapacidad decidiera salir del país con su automotor, éste es, el que generalmente se tramita para programar vacaciones y se realiza en el Departamento de Automotores del Servicio Nacional de Rehabilitación, organismo dependiente del Ministerio de Salud de la Nación. Esta gestión es totalmente gratuita. No puede efectuarse por mail ni telefónicamente.
Amigos… luego de este somero vuelo razante, habrán comprobado que las prerrogativas que nuestra legislación nacional en materia de vehículos para persona con discapacidad prevé tienen eficacia extraterritorial en la medida que conozcamos de estos tipos de símbolos. Si ya lo poseyeras, no tengo duda alguna, que tus vacaciones serán al menos sin inconvenientes a la hora de pensar en estacionamientos, lugares reservados, y si estuviere previsto en las legislaciones extranjeras, la exención de ciertas tasas y /o tributos, como sí ocurre en nuestra Argentina en muchos de sus distritos. Por ello, reitero mi invitación semanal "ejerzan sus derechos porque su ejercicio no constituye meros privilegios".
Dra. Silvina Cotignola

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